"="">Después de la promulgación de las Recopiladas de Indias (1681), la
situación legal de los indígenas pareció cambiar. Sin embargo, el régimen de la
hacienda consolidó en la práctica la actividad de la mano de obra adecuándola a
sus exigencias por encima, inclusive, de la legislación colonial. Para el caso
particular de la costa iqueña, durante los años del extrañamiento de los
jesuitas, las poblaciones indígenas continuaron suministrando, a través de los
corregidores, parte de la mano de obra necesaria para el trabajo en las
haciendas. El trabajo indígena fue vital para sustentar el desarrollo de la
hacienda, inclusive sirvió de apoyo en los momentos de crisis cuando los
esclavos, por la precaria vida que llevaban durante el siglo XVIII, enfermaban o
huían. El arrendamiento es un punto más complejo, incluso dentro de las leyes
indianas, en la relación entre la hacienda y la mano de obra indígena.
"="">Barentzen, H. (2006).
Mano de obra indígena en las haciendas jesuitas de Ica – Perú.
América
Latina en la Historia Económica, 13
(1), pp. 121-153.