En el inacabable debate sobre el positivismo jurídico, hay quien ha propuesto un retorno a los orígenes del positivismo anglosajón, es decir, a Hobbes, Bentham y Austin. Para quienes defienden esto, las tesis positivistas no pretenden ser conceptuales ni descriptivas sino normativas o prescriptivas, es decir que formulan cómo deberían ser los sistemas jurídicos. Tal carácter prescriptivo no se fundamenta en los beneficios que dicho modelo produce a la ciencia jurídica o en que se logre una descripción mejor de la realidad jurídica, sino en razones morales y políticas. De ahí la denominación de ‘positivismo ético’. Se expone la teoría de la interpretación del positivismo ético (prescriptivo o normativo), desde la obra del iusfilósofo australiano Tom Campbell, quien ha defendido con más empeño la vuelta a un positivismo de este género.
Rivas, P. (2006). La interpretación del derecho en el positivismo ético contemporáneo. Isegoría, (35), pp. 73-87