Este trabajo cifra su propósito en un triple y convergente objeto: 1) En primer término, analiza algunos de los episodios más relevantes que reflejan el riesgo informático para los derechos y libertades, producidos en nuestro ámbito político - cultural. 2) En segundo término se ofrece un cuadro sumario de la respuesta jurídica a los atentados informáticos contra las libertades. Dicha respuesta se ha materializado en tres generaciones de leyes de protección de datos personales, cuyos respectivos rasgos informadores se apuntan. 3) Por último, se aboga por una respuesta jurídica global, es decir, inspirada en criterios supranacionales, para afrontar el asedio informático que subyace a determinados usos de las nuevas tecnologías en la sociedad globalizada.
Pérez, A. (2000). La tutela de la libertad informática en la sociedad globalizada. Isegoría, (22), pp. 59-68